¿Quien debe pintar una casa de alquiler?. Las dudas siempre surgen en este debate acerca de si debe ser el propietario de la vivienda (arrendador) o el inquilino que entrará a vivir o ya vive en ella.
Estamos en una época en la que la demanda de viviendas en alquiler lleva más de 4 años en alza, algo que también provoca el aumento del precio de la vivienda. Mientras en comunidades como la de Madrid o Barcelona el precio del alquiler ha subido un 20% durante el 2018, en Valencia el precio de la vivienda en alquiler se ha visto incrementado en un 5%.
Este fenómeno se traduce también en un incremento de solicitudes de servicios para pintar casas de propietarios que desean poner su inmueble en el mercado del alquiler. Las peticiones para pintar una casa de alquiler pasan por pintar todas las estancias de la casa o algunas de ellas. También nos llegan muchas peticiones para quitar gotele.
Para hablar de este tema y no confundirte acerca de quién deberá pintar una casa en alquiler a continuación vamos a comentar lo que dice la ley acerca de los derechos y obligaciones de arrendatario y arrendador. Esto está establecido en el artículo 21 de la ley de arrendamientos de vivienda.
Lo que esta ley dice es que es el propietario de la vivienda quien está obligado a realizar todas aquellas reparaciones necesarias para la conservación de un inmueble urbano.
¿Es la pintura de un piso una obra de conservación?. Evidentemente sí.
La ley dice que esta obligación de pintar un piso será aplicable siempre y cuando la vivienda presente un deterioro notable. El estado de conservación de la pintura de una vivienda será algo que el arrendador y el arrendatario tendrán que discutir antes de firmar un contrato de alquiler.
Si el propietario del piso en alquiler es consciente de que el estado de conservación de la pintura de todas o de algunas estancias del inmueble no es el ideal antes de ponerla en alquiler, él podrá voluntariamente solicitar los servicios de pintura para mejorar su aspecto.
Pero en el caso de que el propietario considere que el estado de la pintura de la casa es correcto, quedará a criterio del futuro inquilino firmar un contrato en las condiciones que se encuentra el inmueble donde vivirá.
Es aquí donde precisamente surge la duda habitual acerca de quién deberá pintar un inmueble urbano.
Quedará a criterio del inquilino aceptar recibir la vivienda de alquiler en las condiciones en las que se encuentre con respecto al estado de la pintura de las paredes en las diferentes estancias de la misma.
Imaginemos que tanto arrendador como arrendatario han decidido firmar un contrato de alquiler de un piso con las condiciones en las que está el piso y sin haberlo pintado antes de entregarlo. El inquilino entrará a vivir en la vivienda con las condiciones pactadas en el contrato donde se estipularán los derechos y responsabilidades que recoge la ley para ambas partes.
Si durante el período de duración del contrato del alquiler la pintura de la vivienda presentara deterioros significativos en buena parte de la propiedad y ajenos a la responsabilidad del inquilino, será el propietario del piso quien deberá llamar a una empresa de pintores para corregir los problemas.
Dichos trabajos de pintura de una vivienda deberán ser rápidos, limpios y ordenados de manera que el inquilino pueda seguir disponiendo del inmueble sin mayores inconvenientes. Si los trabajos de pintura se prolongaran más de 20 días, el propietario de la vivienda deberá descontar a la cuota de alquiler la parte proporcional de la vivienda que no ha podido utilizar por tales trabajos.
En caso de que el estado de conservación de la pintura de una casa se viera afectado por el uso y poco cuidado del inquilino, será este quien deberá correr con los gastos que ocasiones contratar una empresa de pintores. También deberá cubrir gastos de pintura de paredes siempre y cuando sean consideradas (ya sea por el área o por el gasto a realizar) como pequeñas obras.
Esperamos que nuestra explicación te sirva para tener claro a partir de ahora acerca de cuáles son las obligaciones y derechos tanto de un propietario de vivienda y de un inquilino al momento de pintar una casa. ¡Un saludo!, y hasta nuestro próximo artículo.